Programa de Seguridad según Resolución SRT 319/99

¿Varias empresas trabajando a la vez en tu obra y nadie coordina la Seguridad e Higiene? ¿Hacés trabajos cortos y repetitivos y presentás un programa por cada uno?

En Preseint definimos qué te exige la 319/99, redactamos tu programa y coordinamos a todos los contratistas.

Pedí presupuesto de tu Programa de Seguridad 319/99

Contanos qué rol tenés en la obra (comitente, contratista principal o empresa de trabajos repetitivos), cuántas empresas intervienen y con qué ART trabaja cada una.

Te respondemos con una propuesta técnica y un plazo concreto. Sin compromiso.

Programa de Seguridad 319/99: Nuestra solución

Normativa
Res. SRT 319/99 complementa la 51/97, la 35/98 y el Dec. 911/96
Qué incluye
  • Diagnóstico de encuadre
  • Programa de Seguridad para obra repetitiva, o Servicio de HyS de coordinación para el comitente
Cuándo aplica
  • Dos o más contratistas trabajando a la vez sin contratista principal (o con varios)
  • Obras repetitivas que no superan los 7 días corridos
Contenido
  • Tareas y procedimientos de trabajo
  • Riesgos potenciales
  • Organización de seguridad
  • Talleres y campamentos
  • Asignación de tareas
  • Coordinación y auditoría de contratistas
Firma
Profesional matriculado con incumbencias, con encomienda del colegio.
Gestión
Presentación ante la ART y seguimiento hasta la aprobación. (plazo legal: 5 días hábiles)
Vigencia
Obra repetitiva: 6 meses, prorrogable por 6 más. Coordinación: toda la obra.
Cobertura
CABA, Provincia de Buenos Aires y resto del país.

¿Por qué elegir a Preseint para hacer el Programa de Seguridad Res. 319/99??

Un solo responsable de coordinación.

Vos contratás a las empresas, nosotros las coordinamos, auditamos y hablamos con cada ART.

Primero definimos qué te corresponde (51/97, 35/98 o 319/99)

Encuadrar mal la obra es el error más caro: presentás un documento que no corresponde y la ART lo observa. Antes de redactar, analizamos quién contrata a quién, cuántas empresas trabajan a la vez y cuánto dura cada tarea.

Te ayudamos a delegar la coordinación por contrato (Art. 3º)

Como comitente, podés quedar exceptuado de la coordinación si el contrato designa en forma expresa al contratista principal. Te damos los requisitos técnicos que tiene que cubrir esa cláusula para que tu asesor legal la incluya.

Controlamos a cada contratista, no solo sus papeles

Exigimos y verificamos programas, constancias de visitas de la ART y servicios de HyS y Medicina de cada empresa, y todo queda documentado en el Legajo Técnico, como pide el Anexo I.

Te avisamos antes de que venza la aprobación

En obras repetitivas, la aprobación dura 6 meses. Llevamos el control del vencimiento y gestionamos la prórroga para que no trabajes con el programa vencido.

¿Qué establece la Resolución 319/99? Resumen

La Res 319 99 de la SRT (B.O. 15/09/1999) completa el sistema de Programas de Seguridad para la construcción que arrancó con la 51/97 y la 35/98.

Resuelve tres situaciones que las anteriores dejaban abiertas:

➡️ Coordinación del comitente: si dos o más contratistas trabajan a la vez y no hay contratista principal (o hay varios), el comitente tiene que coordinar la Seguridad e Higiene durante toda la obra, con un Servicio de HyS propio (Art. 1º).

➡️ Obras repetitivas y de corta duración: si hacés siempre el mismo procedimiento y cada obra no supera los 7 días corridos, presentás un programa con una aprobación que dura 6 meses, en lugar de un programa por obra (Arts. 5º y 6º).

➡️ Plazo de la ART: la aseguradora tiene como máximo 5 días hábiles para aprobar o rechazar los programas de la 51/97 y la 35/98 (Art. 7º).

Además, aclara que no modifica la responsabilidad solidaria de comitentes y contratistas del Art. 4º del Dec. 911/96 (Art. 4º).

Obligaciones del comitente: las 7 acciones de coordinación (Anexo I)

Cuando la coordinación le toca al comitente, su servicio de Higiene y Seguridad tiene que:

Cuando la coordinación le toca al comitente, su Servicio de Higiene y Seguridad tiene que:

  1. 1Exigir que la empresa y cada contratista cumplan las Res. 51/97 y 35/98.
  2. 2Exigir a los contratistas que cumplan la Res. 231/96.
  3. 3Coordinar que los Programas de Seguridad de todos los contratistas sean coherentes entre sí.
  4. 4Auditar que esos programas y el Dec. 911/96 se cumplan en obra.
  5. 5Coordinar la prevención cuando varios contratistas trabajan a la vez.
  6. 6Guardar las constancias de visita de la ART de cada contratista y corregir los desvíos.
  7. 7Verificar que cada contratista tenga implementados sus servicios de Medicina y de HyS.

Todo tiene que quedar documentado en el Legajo Técnico. Nosotros asumimos las 7 acciones por vos.

Programa de Seguridad para obras repetitivas y de corta duración: duración y validez

La 319/99 define la obra repetitiva y de corta duración como aquella que el empleador realiza siempre con el mismo procedimiento y que no supera los 7 días corridos (Art. 5º).

El régimen aplica a los trabajos que ya exigen Programa de Seguridad según el Art. 2º de la Res. 51/97 (Art. 6º).

Beneficio

Una sola presentación y aprobación cubren todas tus mismas obras durante 6 meses.

  • Menos trámites
  • Menos costo
  • Ninguna cuadrilla esperando la aprobación de cada obra

Preseint te avisa antes de cada vencimiento.

Cada obra
Hasta 7 días corridos
Validez
6 meses
Prórroga
+6 meses si la pedís y actualizás el programa
Aviso de Obra
Se sigue presentando según la Res. 51/97
Casos típicos
  • Mantenimiento
  • Instalaciones
  • Montajes
  • Tendidos y conexiones de servicios
  • Cuadrillas que repiten la misma intervención en distintos lugares

⚠️ Si una obra supera los 7 días o cambia el procedimiento, deja de ser “repetitiva” y necesita su propio programa (51/97).

¡Contactate con Preseint para hacer el Programa de Seguridad 319/99 hoy!

Contactate con nosotros para hacer tu Programa de Seguridad 35/98 hoy y comenzar tu proyecto sin problemas ni demoras innecesarias.

¿Qué diferencias hay entre las Resoluciones 51/97, 35/98 y 319/99?

Criterio
Res. SRT 51/97
Res. SRT 35/98
Res. SRT 319/99
Qué regula
Crea el Programa de Seguridad y su contenido.
Coordina el programa cuando hay varios empleadores.
Coordinación del comitente y obras repetitivas.
A quién aplica
A cada empleador.
Al contratista principal.
Al comitente (sin principal o con varios) y al empleador de obras repetitivas.
Documento
Programa de la empresa.
Programa de Seguridad Único.
Servicio de HyS de coordinación / Programa de obra repetitiva.
Vigencia
Por obra.
Por obra.
Toda la obra / 6 meses prorrogables.
Plazo ART
5 días hábiles (Art. 7º 319/99)
5 días hábiles (Art. 7º 319/99)
5 días hábiles

➡️ Resumido en una frase: la 51/97 obliga a hacer el programa, la 35/98 ordena cómo se coordina con un contratista principal y la 319/99 resuelve qué pasa cuando no hay uno y cuando las obras son cortas y repetitivas.

¿Cuándo corresponde aplicar la Resolución 319/99?

Los motivos reales por los que una aseguradora observa o devuelve el Programa SRT 35 98 son:

Situación
Qué exige la norma
Dos o más contratistas a la vez, sin contratista principal
El comitente coordina e implementa un Servicio de HyS (Art. 1º)
Varios contratistas principales
Ídem: coordina el comitente (Art. 1º)
El contrato designa en forma expresa al contratista principal como responsable
El comitente puede quedar exceptuado (Art. 3º)
Trabajos del Art. 2º de la 51/97 con el mismo procedimiento y ≤ 7 días corridos
Programa de obra repetitiva, válido 6 meses (Arts. 5º y 6º)
Una sola empresa u obra con un único contratista principal
No aplica la 319/99: corresponde 51/97 o 35/98

⚠️ La 319/99 no reemplaza a la 51/97: la complementa. Tu obra puede necesitar ambas.

Fuentes: Res. 319/99, Res. 51/97 y Res. 35/98.

Consecuencias por no cumplir con la Resolución 319/99

Las 3 consecuencias principales son:

Consecuencia 1

Paralización de la obra

La SRT o el Ministerio de Trabajo pueden suspender las tareas hasta que regularices la coordinación o el programa.

Consecuencia 2

Multas por cada incumplimiento

Sin coordinación documentada ni programa aprobado, cada inspección puede terminar en acta de infracción. (Ley 24.557 y régimen de infracciones laborales)

El peor escenario

Responsabilidad solidaria del comitente

Frente a un accidente de un contratista, el comitente también responde: la 319/99 mantiene la solidaridad del Art. 4º del Dec. 911/96. Sin Legajo Técnico en regla, no hay cómo demostrar que coordinaste.

⚠️ Contratar a otra empresa no te saca la responsabilidad: lo que te protege es poder demostrar la coordinación.

¿Por qué la ART puede rechazarte el Programa de Seguridad 319/99?

Los motivos reales por los que una aseguradora observa o devuelve el Programa SRT 319 99 son:

Motivos frecuentes de rechazo del programa de obra repetitiva (Res. 319/99), por qué ocurren y cómo los evitamos
Motivo de rechazo Por qué pasa Cómo lo evitamos
No se identifica como “obra repetitiva y de corta duración”
Se presenta como un programa común Lo encuadramos según el Anexo II
Tareas que superan los 7 días o procedimientos distintos
No cumple la definición del Art. 5º Validamos el encuadre antes de presentar
Procedimientos de trabajo genéricos
No describen la tarea real Redactamos sobre tu tarea concreta
Faltan talleres, campamentos o asignación de tareas
Contenidos mínimos incompletos Checklist del Anexo II completo
Sin forma de contacto con el responsable de HyS
Requisito del Anexo II que casi siempre se olvida Lo incluimos siempre
Aprobación vencida
Pasaron los 6 meses sin prórroga Controlamos el vencimiento y la pedimos a tiempo

⚠️ La 319/99 no reemplaza a la 51/97: la complementa. Tu obra puede necesitar ambas.

Fuentes: Res. 319/99, Res. 51/97 y Res. 35/98.

Cotizar Programa de Seguridad 319/99

Cotizá ahora con Preseint tu Programa de Seguridad conforme la Res. SRT 319/99. Contanos los datos de tu obra y te enviamos rápidamente una propuesta y el plazo.

Servicios de Programa de Seguridad 319/99 para comitentes y constructoras

Aseguramos el cumplimiento de los estándares establecidos por la Resolución SRT 319/99 para que puedas comenzar con tu obra sin inconvenientes:

Diagnóstico de encuadre normativo

Definimos si tu obra se rige por la 51/97, la 35/98, la 319/99 o una combinación.

2

Servicio de HyS de coordinación para comitentes

Cumplimos las 7 acciones del Anexo I durante toda la obra.

3

Programa para obras repetitivas y de corta duración

Una sola aprobación por 6 meses para todas tus intervenciones iguales.

Auditoría y control de contratistas

Verificamos programas, ART, servicios de HyS y Medicina de cada empresa.

Gestión de aprobación y prórroga ante la ART

Presentamos, resolvemos observaciones y renovamos antes del vencimiento.

Servicios de Programa de Seguridad 319 99 para comitentes y constructoras

¿Cómo es nuestro proceso para elaborar los Programas de Seguridad 319/99?

Del primer contacto al programa aprobado y la obra coordinada, sin que tengas que meterte en la normativa.

Ejemplo: qué debe contener el Programa de Seguridad 319/99

Contenidos mínimos del programa para obras repetitivas y de corta duración (Anexo II):

Requisitos del programa de obra repetitiva (Res. 319/99) y qué resuelve cada uno
Requisito Qué resuelve
Identificación como “obra repetitiva y de corta duración”
Habilita la validez de 6 meses.
Identificación de la empresa
Define quién es responsable.
Descripción de tareas y procedimientos de trabajo
Demuestra que siempre se trabaja igual.
Riesgos potenciales
Anticipa dónde puede ocurrir el accidente.
Organización de seguridad
Establece quién controla en cada obra.
Talleres fijos y campamentos
Cubre los riesgos fuera del frente de obra.
Procedimiento de asignación de tareas
Garantiza que cada trabajador sepa qué hacer.
Firma del responsable técnico y del Servicio de HyS
Le da validez ante ART y SRT.
Forma de comunicación con el responsable de HyS
Asegura respuesta ante cualquier desvío.

¿Dónde realizamos los Programas de Seguridad conforme Resolución SRT 319/99?

Realizamos los Programas de la Resolución 319 99 SRT en CABA y toda la Provincia de Buenos Aires, con cobertura en el resto del país mediante visitas programadas.

Empresas con las que trabajamos:

Testimonios de nuestros clientes

Esto es lo que dicen nuestros clientes de nosotros y cuál ha sido su experiencia trabajando con Preseint:

"Seré sincero y los más escueto y puntual posible, siempre se dice que la mejor tarjeta de presentación es la "recomendación", pero no siempre se cumple.., en este caso ustedes llegaron recomendados y tengo que reconocer que la regla superó las expectativas!

En nuestro caso somos una marca nueva con poco experiencia y claramente necesitábamos un equipo que nos acompañe en todo sentido, asesoramiento, recomendaciones, proximidad, atención telefónica y personalizada, etc, y literalmente tuvimos todo y más!!!

Detalle "no menor" que nos llamó la atención y destacamos por sobre el resto, es el de hacernos llegar y mantener actualizada permanentemente de manera anticipada a una inspección o visita del preventor, la carpeta confeccionada y provista por ustedes donde siempre tuvimos todo al día en su respectivo folio y por ello nunca tuvimos un acta con observaciones!

Realmente no tenemos más que palabras de agradecimiento porque literalmente se hicieron cargo de una gestión que es muy importante y delicada dentro de una organización!

Por todo ello, desde grupo alta seguridad srl, les agradecemos y felicitamos por el trabajo, la calidad humana y la destacada atención recibida en este nuestro primer año!

Muchas felicidades y muchos exitos para este 2026!!!"

Grupo Alta Seguridad

Cristian Moreno

Grupo Alta Seguridad

Preseint

Preguntas frecuentes sobre el Programa de Seguridad Res. SRT 319/99

Tus dudas sobre la la Resolución 319/99 y su Programa de Seguridad las resolvemos acá:

Es el programa que el empleador que hace obras repetitivas y de corta duración debe presentar ante su ART contratada.

Con una sola aprobación cubre todas sus intervenciones durante 6 meses.

Obliga al comitente a coordinar la Seguridad e Higiene cuando hay varios contratistas sin uno principal, crea el programa para obras repetitivas y le fija a la ART un plazo de 5 días hábiles para aprobar.

La aprobación vale 6 meses y se puede prorrogar por 6 más, actualizando el programa.

Cada obra no puede superar los 7 días corridos.

Aquella cuyo procedimiento de trabajo es siempre igual y no supera los 7 días corridos.

Su Programa de Seguridad (51/97 o 35/98), el cumplimiento de la Res. 231/96, las constancias de visita de su ART y los servicios de HyS y Medicina implementados (Anexo I).

La exigencia de cada programa, la coordinación entre contratistas, las auditorías, las constancias de visita de las ART y las acciones correctivas ante desvíos.

Sí, si el contrato designa en forma expresa y fehaciente al contratista principal como responsable del Servicio de HyS (Art. 3º). La responsabilidad solidaria se mantiene.

Hasta 5 días hábiles desde que la recibe (Art. 7º).

El responsable técnico de la empresa y el Servicio de Higiene y Seguridad, a cargo de un profesional matriculado.

Sí, prestamos servicios en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en todo el territorio de la Provincia.

También contamos con cobertura en todo el país de manera remota y con visitas programadas.

Podés contactarte con Preseint a través de estos canales:

¿Necesitás coordinar tu obra o aprobar el Programa 319/99?

Coordinemos hoy para que tu obra arranque en regla y sin demoras.